Por Resolución N° 1563/2020 de fecha 30 de octubre de 2020, según Decreto N° 10/2020 de la Junta Departamental del 22 de octubre del corriente año, Art. 1° apruébese la presente Ordenanza que regula el uso de la Lengua de Señas en el ámbito de todo el Gobierno Departamental; Art. 2° el Gobierno Departamental de Tacuarembó procurará contar con señalización, así como con las personas que considere idóneas en interpretación de lengua de señas, a efectos de incluir a las personas sordas o hipoacúsicas; Art. 3° En el marco de la próxima Semana Internacional de la Persona Sorda, el Gobierno Departamental, tenderá a desarrollar actividades de investigación, enseñanza y difusión de Lengua de Señas. El Intendente de Tacuarembó, Resuelvae: 1°) Promúlguese el Decreto N° 10/2020 de la Junta Departamental de fecha 22 de octubre de 2020.
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