Según Resolución Nº 1947/2018, de acuerdo al Decreto Nº 45/18 de la Junta Departamental del 4 de octubre del corriente año. Artículo 1º, exonérese del pago de derechos al fraccionamiento del Padrón Nº 7.051 de la Localidad Catastral Tacuarembó, propiedad de Glencore S.A., el cual será destinado a la ampliación de la Escuela Nº 6 de la ciudad de Tacuarembó que se ubica en el padrón Nº 7052 de la referida Localidad Catastral. El Intendente de Tacuarembó, Resuelve: 1º) Promúlguese el Decreto Nº 45/18 de la Junta Departamental de fecha 4 de octubre del 2018.
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